Derecho a la Salud
Expresión de Voluntad en caso de Incapacidad
La Ley de Voluntades permite a una persona manifestar por escrito ante Escribano Público las instrucciones que los médicos e instituciones deberán respetar en caso de las circunstancias clínicas no permitan que exprese su voluntad. Toda persona mayor de edad tiene derecho a manifestar instrucciones de ser sometida o no a determinado tratamiento médico. Esa expresión de voluntad, destinada a evitar el encarnizamiento terapéutico, una vez registrada deberá ser respetada por médicos y equipos sanitarios.
Andrea te cuenta de qué se trata esta práctica.
Amparo para Conservar la Obra Social o Pre-Paga
Usualmente las obras sociales no admiten la permanencia de los nuevos jubilados. Esta cuestión ha sido resuelta por jurisprudencia de diversos tribunales, garantizando a los trabajadores que se jubilan la posibilidad de conservar la obra social.
Asimismo, todos los jubilados y pensionados de ANSES pagan del 3% al 6% de sus haberes para el PAMI. Quienes tengan una prepaga y se jubilen podrán reclamar judicialmente la transferencia de ese aporte para disminuir la cuota de la medicina privada.
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Amparo de Salud
Cuando la pre-paga u obra social deniega tratamientos, medicación o la internación en ciertas instituciones que han sido indicados por los médicos, es necesario solicitar la intervención de la Justicia. Lo primordial es garantizar el derecho a la salud de las personas. Por eso, ante una situación así, es posible presentar un amparo y lograr que un Juez ordene a la pre-paga u obra social cumplir con la indicación médica.